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¿Es obligatorio el casco en bici de montaña?

¿Es obligatorio el casco en bici de montaña?

Hoy en día, hay mucha confusión sobre qué dice la normativa acerca de la obligatoriedad de llevar casco cuando nos desplazamos en bicicleta, debido al gran número de contextos y situaciones que existen. En este artículo, intentaremos despejar tus dudas sobre si es obligatorio el casco en bici de montaña.

¿Es obligatorio el casco en bici en Madrid?

Empecemos por el caso de Madrid. En Madrid es obligatorio que todos los menores de 18 años utilicen un casco homologado al circular en bicicleta, ya sea por vías urbanas o por vías interurbanas.

En el caso de los riders o aquellos trabajadores que se desplacen en bicicleta durante su jornada, el uso del casco homologado será obligatorio independientemente de su edad.

Por otro lado, los adultos que circulen en bicicleta por vías urbanas no estarán obligados a usar un casco en sus desplazamientos. Esto es diferente en el caso de circular por vías interurbanas o carreteras, donde el uso de casco homologado será obligatorio para todos los usuarios sin excepción.

Al circular por caminos o montañas, estas vías entran dentro de una categoría de vía interurbana donde el casco será obligatorio para todos los usuarios.

De este modo, si alguien comete alguna de estas infracciones puede llegar a enfrentarse a multas de hasta 200 euros.

¿Es obligatorio el casco en bici en Barcelona?

En el caso de Barcelona, la ley acerca de la obligatoriedad del uso del casco es un poco diferente. A continuación, explicaremos los diferentes casos que existen.

En primer lugar, todos los menores de 16 años deberán utilizar un casco homologado de forma obligatoria al circular en bicicleta, ya sea por vías urbanas o vías interurbanas.

En el caso de las personas mayores de 16 años, dentro de la ciudad, el casco no será de empleo obligatorio. Sin embargo, al circular por vías interurbanas o carreteras, el uso de casco homologado es obligatorio para todos los usuarios, independientemente de su edad.

Al circular por caminos o montañas, todos los usuarios que monten en bicicleta estarán obligados a llevar un casco homologado.

Así, todos aquellos usuarios que infrinjan estas normas pueden llegar a ser sancionados con multas de hasta 200 €.

El casco en bicicleta es necesario para tu seguridad

¿Y en bici eléctrica?

En el caso de bicicletas eléctricas y otros transportes eléctricos (patinetes, hoverboards, segways…) estos entran todos en la categoría de VMP’s (vehículos motorizados personales). A su vez, los VMP’s están regulados por la misma normativa que en el caso de las bicicletas.

Así, por ejemplo, un adulto que vaya en bicicleta eléctrica por Barcelona no deberá llevar casco de forma obligatoria mientras que un adolescente de 16 años en Madrid que vaya con un patinete sí que estará obligado a llevar casco homologado.

Me han puesto una multa por no llevar casco en bici

En caso de que te hayan puesto una multa por no llevar casco en bici, esta será considerada una falta grave y por ello, el importe de la sanción será de 200€. Sin embargo, será necesario que revises si la multa está justificada.

Si crees que la multa no encaja con ninguna de las situaciones anteriormente descritas, siempre puedes apelar la multa por no estar de acuerdo con la infracción notificada.

Para ello, deberás realizar el siguiente proceso:

  • Presentar alegación: solo será posible presentar la alegación durante los primeros 20 días naturales posteriores a la notificación. Para ello, deberás dirigirte al portal de la Sede Electrónica de la DGT o cualquier Registro Electrónico de la Administración Pública.
  • Adjuntar pruebas: si tienes alguna prueba que demuestre que no has infringido la ley, puedes incluirla en tu alegación para tener mayores probabilidades de no ser sancionado.
  • Presentar alegación: para enviar tu alegación, deberás hacerlo a través de la Sede Electrónica de la DGT. Sin embargo, también tienes la opción de hacerlo presencialmente a través de cualquier oficina de Tráfico de tu ciudad.
  • Esperar al resultado: una vez realizado todo el trámite, Tráfico te notificará la resolución. Si esta no es a tu favor, aún puedes presentar recurso ante la Administración para que así tu caso sea revisado vía administrativa. Todo este proceso no conlleva ningún gasto.

Cabe destacar que si decides pagar la multa y lo haces dentro del periodo voluntario (el cual vendrá descrito en la propia multa) esto supondrá una reducción del 50% de su importe. Por ello, solo estarás obligado a pagar 100€.

El casco en bicicleta es necesario para tu seguridad

Aunque no siempre sea obligatorio, llevar casco en bicicleta es necesario para tu seguridad, pues este reduce considerablemente los daños en caso de sufrir un accidente en cualquier contexto.

En definitiva, existen diferentes situaciones donde es obligatorio el casco en bici de montaña y conociendo esta información, podrás evitar multas innecesarias. Sin embargo, te recomendamos que por tu seguridad siempre lleves el casco.

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